El Premio de la Industria Cine en Construcción tiene por objeto contribuir a la conclusión y distribución en España de un largometraje latinoamericano de los seleccionados en la sección Cine en Construcción del Festival de San Sebastián.
Pueden acceder al Premio de la Industria producciones 100% latinoamericanas o coproducciones con Europa, siempre que la participación europea no supere el 49% de la producción total de la película y acepten las condiciones estipuladas en el apartado 4 de estas bases. No optarán al Premio aquellas coproducciones españolas cuyo coproductor español no haya aceptado explícitamente estas Bases (Ver Artículo 4).
Así, la película premiada recibirá las distintas aportaciones en servicios de postproducción y distribución en España que se detallan más adelante y que le otorgarán las siguientes empresas patrocinadoras: Ad Hoc Studios, Deluxe Spain, Dolby Iberia, Laserfilm, S.L., Nephilim producciones S.L., No Problem Sonido y Wanda Vision, S.A.
La mera presentación de proyectos candidatos a optar a la obtención del Premio de la Industria Cine en Construcción, implica la aceptación por parte de las productoras participantes de las presentes bases, sin ningún tipo de limitación o restricción.
De entre las películas seleccionadas, un jurado formado por representantes de cada una de las empresas patrocinadoras de esta sección (mencionadas antes), elegirá la película ganadora tras haber visto las películas y examinado la situación de cada uno de los proyectos a los que correspondan.
Las decisiones del jurado serán inapelables.
El anuncio de la película ganadora se hará público en el marco del Festival de San Sebastián.
Por cuenta de todas las empresas patrocinadoras (antes mencionadas), NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L. suscribirá, con la productora ganadora del premio, un contrato de coproducción a fin de que la película premiada pueda obtener la nacionalidad española y se propicie así su comercialización en España. Dicho contrato, cuyo texto propondrá NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L., se firmará en el plazo máximo de tres meses desde la aceptación del Premio por parte de la productora ganadora y, en todo caso, antes de que se inicien los trabajos de postproducción.
En virtud de dicho contrato, NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L será coproductora audiovisual de la película con plenos derechos sobre ella y obtendrá el 100% de los derechos de la película en los territorios de España de forma exclusiva y Andorra de forma no exclusiva.
Por tanto, la comercialización de la película en España y Andorra será decidida y llevada a cabo por NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L.
La productora ganadora habrá de garantizar ser titular de los derechos de explotación de la película y estar facultada para suscribir el contrato de coproducción con NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L. según lo dicho. La productora deberá indemnizar a NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L. en caso de quiebra de dicha garantía.
La productora ganadora se obliga a:
Las empresas patrocinadoras finalizarán las tareas de postproducción que les correspondan conforme a la siguiente descripción, no más tarde del día 31 de julio del año siguiente al de la concesión del premio y siempre bajo un calendario de trabajo diseñado por ellas mismas y que la productora de la película deberá aceptar.
Los materiales a enviar por parte de la ganadora del premio son:
La aportación de las empresas será:
Materiales a entregar:
- Archivos mxf Mezcla Atmos a 24 FPS por bobinas.
- Mezcla 5.1 y LT RT a 24 FPS por bobinas.
- Mezcla 5.1 y LT RT a 25 FPS continuo.
Cualquier trabajo adicional a los indicados será asumido por la productora ganadora del premio y solicitado a la empresa que corresponda.