El Premio de la Industria Glocal in Progress tiene por objeto contribuir a la finalización de un largometraje europeo producido en lenguas no hegemónicas (todas las europeas excepto alemán, español, francés, inglés, italiano y ruso), seleccionado en la sección Glocal in Progress del Festival de San Sebastián.
Pueden acceder al Premio de la Industria producciones 100% europeas o coproducciones siempre que la participación europea supere el 51% de la producción total de la película y acepten las condiciones estipuladas en el apartado 4 de estas bases.
Así, la película premiada recibirá las distintas aportaciones en servicios de postproducción que se detallan más adelante y que le otorgarán las siguientes empresas patrocinadoras: Ad Hoc Studios, BTeam Pictures, Deluxe Spain, Dolby Iberia, Laserfilm, S.L., Nephilim producciones S.L. y No Problem Sonido.
La mera presentación de proyectos candidatos a optar a la obtención del Premio de la Industria Glocal in Progress, implica la aceptación por parte de las productoras participantes de las presentes bases, sin ningún tipo de limitación o restricción.
De entre las películas seleccionadas, un jurado formado por representantes de cada una de las empresas patrocinadoras de este Premio (mencionadas en el primer apartado), elegirá la película ganadora tras haber visto la totalidad de las películas seleccionadas y valorado su situación.
Las decisiones del jurado serán inapelables.
El anuncio de la película ganadora se hará público en el marco del Festival de San Sebastián.
Por cuenta de todas las empresas patrocinadoras (antes mencionadas), NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L. suscribirá, con la productora ganadora del premio, un contrato de coproducción a fin de que la película premiada pueda obtener la nacionalidad española y se propicie así su comercialización en España. Dicho contrato, cuyo texto propondrá NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L., se firmará en el plazo máximo de tres meses desde la aceptación del Premio por parte de la productora ganadora y, en todo caso, antes de que se inicien los trabajos de postproducción. La falta de firma de este contrato supondrá la pérdida automática del premio.
En virtud de dicho contrato, NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L será coproductora audiovisual de la película con plenos derechos sobre ella y obtendrá el 100% de los derechos de la película en los territorios de España de forma exclusiva y Andorra de forma no exclusiva.
Si la película ganadora hubiera sido producida por una productora española, NEPHILIM PRODUCCIONES obtendría un % de los derechos mundiales de la película, incluida España. Ese % será idéntico al % que represente la aportación de las empresas de postproducción respecto al coste total de la película. La productora ganadora del premio deberá comunicar antes de firmar el contrato, el coste total de la producción hasta ese momento, incluyendo todos los gastos salvo el coste de la postproducción (que será la aportación de NEPHILIM PRODUCCIONES) y el coste de publicidad y copias, que será decidido más adelante.
La productora ganadora habrá de garantizar ser titular de los derechos de explotación de la película y estar facultada para suscribir el contrato de coproducción con NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L. según lo dicho. La productora deberá indemnizar a NEPHILIM PRODUCCIONES, S.L. en caso de quiebra de dicha garantía.
La productora ganadora se obliga a:
Las empresas patrocinadoras finalizarán las tareas de postproducción que les correspondan en un plazo máximo de 9 meses desde la recepción de los materiales y siempre bajo un calendario de trabajo diseñado por ellas mismas y que la productora de la película deberá aceptar.
Los materiales a enviar por parte de la ganadora del premio son:
La aportación de las empresas será:
Cualquier trabajo adicional a los indicados será asumido por la productora ganadora del premio y solicitado a la empresa que corresponda.